domingo, 26 de abril de 2009

Las Universidades Laborales como instituciones de Formación (VII)

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7.-Régimen Presupuestario y Régimen Docente

7.1,-Régimen Presupuestario

Al desarrollo y sostenimiento de las Universidades Laborales contribuirán:

1º. El Estado, con las subvenciones que consigne en el Presupuesto general de gastos del Estado, en su sección correspondiente al Ministerio de Trabajo.

2º. Las Instituciones de Previsión Social obligatorias.
Mediante las prestaciones de acción formativa que en forma de becas otorguen a los beneficiarios del régimen de Seguridad Social.
Mediante las inversiones que hagan para este fin de sus fondos y reservas, conforme a las normas en vigor.

3º. Las Cajas generales de ahorro popular que destinarán a esta obra social de interés nacional las cantidades que aportan al M.º de Trabajo con arreglo a lo establecido en el Decreto de 17 de octubre 1947(nº 3913), sin perjuicio de satisfacer, asimismo, las aportaciones establecidas en el apartado c) del artículo 20 de la Ley de 20 julio 1955.

4º. Los trabajadores y las Empresas por su participación general en la cuota de formación profesional y en la financiación de los sistemas de previsión social y además las Empresas mediante el abono de becas de estudios que puedan otorgar a sus trabajadores o a las familias de los mismos.

5º. Los intereses y rentas de su propio patrimonio, el importe de las subvenciones que puedan percibir de entidades públicas y el de las
donaciones, herencias o legados particulares.

6º. En cuanto así lo acuerden las Instituciones de previsión social libre, los Ayuntamientos, las Diputaciones, la Organización Sindical y entidades que
la constituyen y, en general, las Instituciones, Organismos y particulares a quienes interese o que deseen reservar y sostener becas en los cupos de
alumnado de las Universidades Laborales.

El ejercicio económico de las Universidades Laborales, era adaptado al calendario de los cursos académicos y desenvuelto en régimen de
presupuestos, que comprendían el importe de las obligaciones a cubrir durante el ejercicio y los recursos autorizados para hacer frente a aquellas

Los presupuestos incluían: el ordinario de sostenimiento, que era único y anual y, en su caso, los extraordinarios que circunstancialmente procedía
elaborar y cuyo ciclo podía abarcar más de un ejercicio.

El presupuesto ordinario se formalizaba por el procedimiento de evaluación, tomando como base los gastos realizados en el ejercicio anterior.

Los presupuestos ordinarios de las Universidades Laborales se ajustaban al formato que establecía el Servicio de Universidades Laborales.

7.2.- Régimen Docente

Para el desarrollo de las funciones docentes encomendadas a la Universidad Laboral funcionarían como Organismos de asesoramiento, coordinación y
ejecución, en materia pedagógica, los siguientes:

1.- Jefatura de Estudios.
2.- Juntas de Sección.
3.- Juntas de departamento.
4.- Junta de Formación Humana.
5.- Juntas de Aulas.
6.- Servicios.

1.-La Jefatura de Estudios será desempeñada por el Vicerrector o por el Profesor de la Universidad que el Rector libremente designe.

Eran funciones de la Jefatura de Estudios:

a) Someter a consideración del Rector las medidas pertinentes para coordinación de los Organismos docentes y regulación de cada
una de las enseñanzas en particular, como así bien, de la actividad del alumnado
b)Vigilar el cumplimiento de los Reglamentos de personal y disciplina universitaria.
c) Presidir, cuando asista, las Juntas de Sección y Departamento.
d) Estudiar y proponer los programas y libros de texto que han de utilizarse por el alumnado, así como cuanto convenga a la dotación de material docente.
e) Mantener la relación con las familias de los alumnos.
f) Desarrollar las restantes funciones que el Rector le encomiende.

2.-Las Juntas de Sección estarán integradas por la totalidad del Profesorado afecto a cada Enseñanza específica.

Eran funciones de las Juntas de Sección:

a) Adaptar los planes de estudio a la modalidad de enseñanza correspondiente.
b) Estudiar la coordinación de las materias que se cursan, proponiendo al Rector las modificaciones que se estimen oportunas.
c) Estudiar el horario pertinente para el mejor acoplamiento de las asignaturas que componen el plan de estudios.
d) Proponer al Rector la adquisición de material pedagógico necesario para el desarrollo de la labor docente.
e) Asesorar en las adquisiciones del material pedagógico Informar al Rector sobre el desarrollo de las enseñanzas aplicación y aprovechamiento del alumnado.

3.-Las Juntas de Departamentos estaban integradas por los Profesores de materias comunes a dos o más órdenes o grados de enseñanza que se imparta en la Universidad.

Eran funciones de las Juntas de Departamento:

a) Estudiar la metodología de las materias de su especialidad en relación con el grado de las enseñanzas en que deben aplicarse.
b) Redactar apuntes o textos para las clases.
c) Proponer los ejercicios y pruebas a que han de someterse los alumnos.
d) Informar sobre los horarios de clases
e) Seleccionar los libros que han de servir de texto para los alumnos de la Universidad.
f) Proponer al Rector la adquisición de libros de consulta para la Biblioteca de la Universidad.
g) Elevar al Rector las modificaciones que estimen pertinentes para el mejor cumplimiento de la misión que tienen encomendada.
h) Informar o proponer sobre la adscripción del profesorado que compone el Departamento a los grados de enseñanza para los cuales tiene especial preparación
i) Llevar el correspondiente libro de actas de las reuniones y trasladar copia al Rector.
j) Cada Junta era presidida por uno de los Profesores que la componen, designado libremente por el Rector.

4.-La Junta de Formación Humana la integraban, el Rector como presidente, los Directores de Formación Espiritual, Magisterio de Costumbres, Formación del Espíritu Nacional y Formación Cultural y Estética.

Su competencia era :

Estudiar para cada curso las tareas específicas a desarrollar dentro del peculiar cometido que se le asignaba.

Una vez aprobado por el Rector el Plan a realizar, era elevado para conocimiento y dictamen del Consejo Técnico de Universidades Laborales.

5.-Las Juntas de Aula estaban integradas por los Profesores que daban clases a los mismos grupos de alumnos, por los educadores y Jefe del Colegio respectivo y por el Jefe del Servicio de Psicotecnia.

Las Juntas de Aulas tenían como misión:

a) Calificación conjunta del grupo de alumnos por aulas.
b) Propuesta de premios y sanciones.
c) Estudiar con el asesoramiento del Jefe del Servicio de Psicotecnia, la personalidad del alumno, procurando encontrar los estímulos necesarios para el mejoramiento y aprovechamiento de
sus estudios y conducta.
d) Informar a la Jefatura de Estudios de todos los problemas, tanto docentes como humanos, de los alumnos pertenecientes a su grupo.
e) Proponer la discriminación del alumnado, razonando el motivo.

Redactar el acta de la reunión entregando copia al Rector.

6.-Servicios Técnicos en las Universidades Laborales

1.- Servicio Psicotécnico, con la misión que el propio nombre determina.

2.- Servicio de Medios Audiovisuales y de Extensión Cultural que atenderá tanto a las necesidades pedagógicas de los cursos regulares como a la proyección externa de la función docente en la zona de la acción de la Universidad.

3.- El Servicio Médico, que cuidará de la salud del alumnado y la higiene de las instalaciones.


Expedición de títulos

Competía al Ministerio de EducaciónNacional la expedición de los títulos correspondientes a los estudios cursados por los alumnos de las Universidades Laborales cuando se trataba de enseñanzas regladas y reconocidas por dicho Departamento . En lo que respecta a las enseñanzas no regladas, la propia Universidad extendía a los alumnos los diplomas acreditativos de los estudios cursados.

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